Gastos a reclamar en préstamos hipotecarios anteriores a 2019

Gastos a reclamar en préstamos hipotecarios anteriores a 2019

Si compraste una vivienda antes de 2019 y pediste un préstamo, sin importar si está ya cancelado  el blog de hoy es para ti. 

Con anterioridad, los consumidores abonaban gastos que no les correspondían, como eran los de Notaría, Registro y algunos Impuestos, pero desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, se modificó la regulación existente de los gastos que acompañaban los préstamos hipotecarios. 

Así, actualmente dichos gastos se deben repartir de la siguiente manera: 

  • Gastos de Notaría, Registro de la Propiedad y Gestoría deben ser pagados por el Banco, a excepción de las copias de escritura que quiera para sí el comprador consumidor.
  • La tasación de la vivienda debe pagarla el comprador consumidor. 
  • El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) debe ser abonado por el Banco. 

¿Qué ocurre si la hipoteca es anterior a 2019 y está ya cancelada? 

Las cláusulas de gastos no tienen ningún plazo para solicitar su nulidad. 

Además, como ha recogido la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de este mismo abril de 2024, no debe establecerse ningún plazo de prescripción para los gastos, pues supondría que en el momento en que un consumidor reclama, ya habría prescrito su acción. 

¿Cómo calculo cuánto gasto he pagado de más?

Esto dependerá de los aranceles de Notaría y Registro, así como la Tasación y los Impuestos presentados, el valor del bien hipotecado y el importe del préstamo hipotecario. Es decir, dependerá de muchos factores, pero teniendo la Escritura de la vivienda, se puede calcular fácilmente.

Y hay que tener en cuenta que mientras mayor importe, mayor gasto se habrá abonado y el Banco deberá devolver.

¿Y cómo reclamo los gastos hipotecarios?

Es un trámite muy fácil: se empieza enviando por burofax una reclamación al servicio de Atención al Cliente del banco que ha dado el préstamo y, si no se consigue la devolución, se debe conseguir la declaración de nulidad en el marco de un procedimiento judicial. Una vez se declare nula, se devolverán los gastos pagados e indebidos. 

¿Estás pensando en reclamar los gastos? En R&Moreno estaremos encantados de ayudarte. Pregúntanos sin compromiso y te acompañaremos en tu procedimiento.

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