¿Qué tengo que hacer si quiero comprar o vender un inmueble a un particular?
Quiero vender o comprar un piso o inmueble a un particular. ¿Qué documentos necesito? ¿Qué tengo que hacer? ¿Y si la vivienda tiene una hipoteca? ¿Qué tengo que hacer tras comprar o vender la vivienda?
La compra y venta de una vivienda es, probablemente, una de las transacciones económicas más importantes de nuestras vidas. Adquirir o vender un inmueble puede parecer o volverse complejo, sobre todo, si la compra supone el pago de una hipoteca o la cancelación de algunas cargas.
Si se deja el asunto en manos de abogados, solamente habrá que aportar los documentos que nos pidan y estar pendientes a lo que nos comuniquen, pero ¿y si queremos hacerlo por nuestra cuenta?
En esta entrada de blog vamos a desglosar qué documentos necesitamos para realizar esta transacción de forma segura y eficaz.
En los próximos días escribiremos sobre qué ocurre si tenemos una hipoteca, siempre que estemos tratando de la vivienda de un particular, y qué debemos hacer después de comprar la vivienda.
De esta manera, vamos a empezar con los documentos necesarios en la compra y venta de una vivienda de un particular.
Cuando la vivienda a comprar o vender es de un particular, debemos tener los siguientes documentos:
1. NOTA SIMPLE
En primer lugar, se requiere una nota simple registral de la vivienda. Esta nota simple, en un principio, debe aportarla la parte vendedora, ya sea voluntariamente o a solicitud del comprador, aunque también puede obtenerla la parte compradora si tiene la referencia catastral.
Con esta nota simple se puede saber si la vivienda en interés tiene alguna carga (deudas, hipotecas) y así cancelarla antes de adquirir, conocer su superficie, saber quiénes son sus propietarios actuales (puede que quien esté intentando vender la vivienda no sea el verdadero propietario) y mucha más información.
Se solicita en el Registro de la Propiedad del municipio en el que se encuentre el inmueble, ya sea de forma presencial u online.
Este documento nos va a ser de mucha ayuda y va a clarificar bastantes extremos de la compraventa.
2. ESCRITURAS DE LA VIVIENDA
En segundo lugar, un título de propiedad. Es decir, las escrituras de la vivienda. En esta escritura también aparecerá el propietario del inmueble así como la fecha en la que se adquirió el mismo, sus dimensiones, algún derecho sobre el inmueble y otros datos. Este título de propiedad debe estar inscrito en el Registro de la Propiedad.
Este documento debe aportarlo el vendedor, ya sea porque tiene original o copia simple en su poder, lo tiene en el banco, o sigue en notaría porque no lo recogió. No obstante, si no se tienen las escrituras, siempre se puede pedir una copia en notaría pagando la tasa correspondiente.
3. IBI
En tercer lugar, los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles, los recibos de IBI. Este impuesto es obligatorio que depende del Ayuntamiento donde se encuentre el inmueble. Su pago es anual o trimestral y dependerá del valor catastral de la vivienda.
Para obtener un recibo de IBI basta con guardar el último que envían al domicilio para hacernos una idea de cuánto se ha pagado.
Se puede pagar de forma presencial, telemática o se puede domiciliar (muy recomendado). También nos servirá para calcular la Plusvalía.
4. CERTIFICADO DE DEUDA DE LA CP Y RECIBO DE CUOTA
En cuarto lugar, el certificado de deuda de la Comunidad de Propietarios. Este documento recoge las deudas que tiene dicha vivienda con la Comunidad de Propietarios donde se halle. Debe solicitarlo el vendedor al presidente o al secretario de la Comunidad, o al administrador de fincas, para que el comprador conozca si existe o no alguna deuda con la Comunidad.
En caso de que hubiera alguna cantidad pendiente de abono, se podrá exigir el importe de dichas cantidades al vendedor, o llegar a un acuerdo con el comprador, pues quien adquiere el inmueble será responsable de las cuotas.
Asimismo, es igualmente importante conocer las cuotas periódicas a pagar en la Comunidad, por lo que será necesario un recibo de cuota de la Comunidad.
Ni el recibo ni el certificado de la Comunidad son necesarios si la vivienda no está bajo régimen de Propiedad Horizontal.
5. CEE
En quinto lugar, el CEE, el Certificado de Eficiencia Energética. Este documento recoge detalladamente los aspectos energéticos de un inmueble: calefacción, iluminación, ventilación, entre otros. Debe hacerlo una empresa o profesional.
6. FACTURAS DE SUMINISTROS
Por último, facturas de luz, agua, teléfono, calefacción, es decir, de todos los suministros que tenga esa vivienda. De esta manera el comprador puede darse de alta en los suministros que haya estado usando el vendedor.
De forma general, estos serían todos los documentos que se necesitan, aunque siempre puede ser necesario alguno más en vista de la situación individual del comprador o vendedor.
En la publicación anterior hemos tratado de los contratos preparatorios de la compraventa. Pincha aquí para leer la publicación.
Si tienes alguna duda o cuestión más específica, o quieres que te acompañemos durante la compra o venta de tu vivienda, puedes contactar con nosotros sin compromiso alguno, y te ayudaremos en la compra o venta de tu vivienda.
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